
Identificación animal
A PROPÓSITO DE LA IDENTIFICACIÓN
Todos y cada uno de nosotros sabemos que la identificación animal es importante e imprescindible en estos tiempos que corren, para que los colegios veterinarios elaboren censos, controlen cuestiones zoosanitarias o hagan estudios de diversa índole.
Es necesario que cada animal posea una tarjeta (u otro elemento) con todos sus datos y los de su propietario, para facilitar la búsqueda en caso de pérdida o castigar el acto irresponsable que cometen algunos propietarios al abandonar a su animal de compañía.
Normativa vigente
¿Qué especies se identifican?
En la actualidad no hay uniformidad respecto a qué especies están obligadas a ser identificadas, ya que en algunas comunidades autónomas (CC.AA) sólo es obligatorio para la canina y en otras también para la felina.
Encontramos aquí cierta discordancia entre las diferentes CC.AA, ya que en algunas (Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla La Mancha y Murcia) la identificación no es obligatoria mientras que en otras si lo es (Euskadi, Comunidad Valenciana, Catalunya, Castilla-León, Navarra, Melilla, Madrid, Rioja, Galicia, Extremadura, Ceuta, Cantabria, Canarias y Balears). Y para liar todavía más el asunto, dentro de las CC.AA donde la identificación es opcional, la obligatoriedad o no de la misma, depende en muchas ocasiones de los distintos municipios.
La identificación animal que debe ser un acto de responsabilidad civil del propietario, sólo funciona si existen leyes que obligan a estos a realizarla; en este sentido Europa emitió el pasado año el Reglamernto C.E/998/2003, según el cual las especies obligadas a la identificación son perros, gatos y hurones.
Convivir con el tatuaje
Otra cuestión que se plantea es ¿cuál es el método de identificación válido y reconocido a nivel nacional y europeo? Este punto es muy importante, ya que podría darse el caso que en una comunidad autónoma se admitiera el tatuaje como método identificativo y en la comunidad autónoma adyacente no fuera así.
Parece lógico que en el siglo XXI, en la era de la tecnología electrónica y robótica se optase exclusivamente por el microchip (cumpliendo las normativas de la U.E ISO 11784 y 11785) método más higiénico desde el punto de vista sanitario y mucho más seguro a la hora de falsificaciones y posteriores manipulaciones.
Es cierto que varios clubs de raza, sólo reconocen el tatuaje como método identificativo para los animales cuyos criadores pertenezcan a dicho club, no reconociendo el microchip como válido.
Estos clubes deberían empezar a trabajar para adaptarse a la Directiva aprobada por el Parlamento Europeo en Abril de 2003, en la que se regulan los métodos de identificación de perros, gatos y otros animales domésticos. En esta Directiva se indica que a partir de 2012 sólo será legal la identificación de mascotas mediante chip electrónico y el resto de métodos deberán pasar a la historia sin discusión alguna.
Esto significa que un animal nacido en 2006, obligado por su club de raza a ser tatuado, al cabo de seis años tendrá que ser chipado obligatoriamente, pues de lo contrario no estará legalmente identificado.
Que el microchip es el método de identificación definitivo no admite discusión, este sistema electrónico identifica tanto al animal como al propietario, de una manera fácil, rápida y eficaz en España y toda Europa.
Además de todo lo anteriormente citado, no debemos olvidar que actualmente el tatuaje se está realizando por personal no cualificado para ese acto clínico y en unas condiciones higiénico-santarias lamentables, con las consecuencias que ello puede acarrear para la salud del animal, pérdidas económicas para su criador o propietario y el sufrimiento innecesario para nuestras mascotas, que no deberíamos estar dispuestos a aceptar tan alegremente como hasta el momento.
Que los tatuadores no sean personal cualificado, supone una falta de control para los distintos archivos, además de los posibles fraudes que se puedan dar debido al intrusismo profesional.
¿Por qué los tatuajes no se realizan por veterinarios colegiados, bajo anestesia regional y tranquilización del animal, mediante microtatuadores que aseguran la permanencia de éstos y las medidas higiénico-sanitarias correctas? Es necesario recordar que se debe hacer todo lo posible para que sean los veterinarios y no otros, los encargados del control de archivos y de la realización de cualquier acto clínico, por pequeño que sea, ya que sólo así se puede garantizar y regular la identificación de los animales.
Por otra parte si los clubs de raza obligan a que todos los cachorros estén tatuados, que lo hagan bien. ¿Por qué no se especifica en qué oreja o ingle se encuentra el tatuaje?
Es necesario que los clubs reflexionen si realmente el tatuaje es el método de identificación menos falsificable, ya que se ha comprobado que el sistema identificativo más fiable es el microchip, puesto que no existen dos animales con el mismo código y porque cuando el animal muere se comunica rápidamente al organismo responsable del registro informático, que “da de baja” el código del animal de manera que jamás otro animal será identificado con éste.
Es hora que se empiece a pensar en la sustitución del tatuaje por el microchip, para evitar falsificaciones, medidas higiénico-sanitarias mediocres en su realización que pueden producir infecciones y ante todo un sufrimiento inútil al animal, desde nuestro punto de vista, pues hay otro método menos doloroso, el microchip.
A todo este cúmulo de desventajas hay que añadir que en muchas ocasiones el tatuaje se “decolora” y desaparece, quedando el animal sin identificar, lo que podría ocasionar confusión en algún examen de cría o monográfica; y aún así ¿por qué se continúa obligando a los criadores a tatuar? Empecemos a modernizarnos un poco y pongámonos a la cabeza de España en lo que a identificación animal se refiere, saldremos todos beneficiados, criadores y animales.
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